
Condenado por violencia machista se cambia de sexo en el registro: ¿blindaje legal?
Una mujer catalogada con riesgo extremo de asesinato en el sistema policial español ve cómo su agresor condenado por violencia machista intenta eludir la justicia mediante un cambio de sexo en el Registro Civil. Lo más sorprendente: él mismo confesó a la Guardia Civil que lo hizo para "blindarse" contra las denuncias.
Un caso que revela una estrategia de fraude legal
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ordenado una investigación tras detectar indicios de que el agresor realizó el cambio registral no por motivos de identidad de género, sino como mecanismo de defensa jurídica. El hombre cambió su sexo en el Registro Civil el 6 de agosto de 2025, y meses después, el 17 de mayo de 2026, durante un interrogatorio con la Guardia Civil, reconoció espontáneamente ante el agente que había efectuado ese cambio "con el único fin de blindarse contra este tipo de denuncias, porque se siente en desigualdad de derechos con las mujeres".
Según informa elpais.com, el cambio de sexo registral habría permitido al denunciado esquivar los juzgados de Violencia sobre la Mujer, tribunales especializados con herramientas legales más contundentes para proteger a las víctimas de violencia de género.
Una víctima en el máximo nivel de peligro
La mujer agredida consta en el sistema policial español en nivel de riesgo extremo, la categoría más alta que utilizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Este nivel se reserva exclusivamente para víctimas de las que se sospecha que corren un "peligro inminente de ser asesinadas". En la actualidad, solo hay 28 mujeres en España con esta clasificación, lo que da una idea de la gravedad del caso.
El agresor cuenta con varios antecedentes penales previos también por actos de violencia contra ella, lo que refuerza la evaluación del riesgo extremo. A pesar de esto, cuando su última denuncia llegó al Juzgado de Violencia sobre la Mujer Número 1 de Zaragoza el pasado mayo, el magistrado se inhabilitó a favor de una sección de instrucción ordinaria, argumentando que al constar como mujer en el Registro, ya no podía ser juzgado por un tribunal especializado en violencia machista.
La justicia detecta fraude de ley
La decisión del juzgado inicial era prematura, según ha determinado ahora la Audiencia Provincial tras revisar "pormenorizadamente" el caso. Los magistrados han apreciado indicios fundados de fraude de ley, figura contemplada explícitamente en el artículo 6.4 del Código Civil, que prohíbe "los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico".
La clave está en la intención. Si el cambio de sexo se realizó "para eludir la aplicación de la normativa específica de violencia de género" en lugar de responder a un "libre desarrollo de la identidad sexual", entonces incurre en fraude de ley. La confesión espontánea ante la Guardia Civil fortalece esta interpretación de manera "todavía más" contundente, según subraya la Audiencia en su auto.
¿Qué ocurre ahora?
La Audiencia Provincial ha ordenado al magistrado de Violencia sobre la Mujer que comunique la situación al encargado del Registro Civil para que se investigue si hubo fraude en el cambio registral. Por ahora no ha trascendido si se abrirá un procedimiento penal específico contra el agresor por esta conducta, ni cuál será el siguiente paso procesal en el caso de violencia de género que generó la denuncia inicial.
Lo que sí ha quedado claro es que la justicia española no cierra los ojos ante intentos de eludir la protección reforzada de las víctimas de violencia machista, aunque sea a través de vías legales nominalmente permitidas.
Fuente: elpais.com


