
¿Delito por ejercer derechos? La extraña condena a David Sánchez
Un magistrado del Tribunal Supremo cuestiona públicamente si ejercer un derecho constitucional puede convertirse en delito. La condena a David Sánchez por prevaricación administrativa reabre un debate incómodo: ¿hubiera sido procesado si no fuera hermano del presidente del Gobierno?
Las dudas de Marchena sobre la sentencia
Hace unos días, Manuel Marchena, magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, pronunció una conferencia en la Universidad CEU San Pablo de El Escorial en la que abordó un tema que trasciende lo académico. El togado reflexionó sobre la desconfianza ciudadana en la justicia, calificándola de "tragedia" para cualquier sociedad democrática.
Pero sus palabras adquieren un significado particular cuando se enmarcan en el contexto de los casos judiciales recientes que afectan al entorno presidencial. Según informa eldiario.es, Marchena subrayó que una sociedad contemporánea "no puede sobrevivir sin confiar en la justicia", máxime cuando descansa en el principio de igualdad como base de todas sus relaciones jurídicas.
¿Un derecho constitucional convertido en delito?
El nudo del asunto es perturbador: ¿puede el ejercicio legítimo de derechos reconocidos en la Constitución convertirse en un delito de prevaricación administrativa? Esta es la pregunta implícita en la condena a David Sánchez, hermano del presidente Pedro Sánchez.
David Sánchez fue inhabilitado por el Tribunal Supremo tras ser condenado por prevaricación. Sin embargo, análisis jurídicos posteriores han puesto en cuestión si existían pruebas sólidas de un tráfico de influencias real o si simplemente se sancionó el ejercicio de derechos ciudadanos perfectamente legales.
La teoría constitucional es clara: el artículo 23.2 de nuestra Carta Magna reconoce a los ciudadanos el derecho a acceder a funciones públicas en igualdad de condiciones. Pero ¿qué ocurre cuando ejercer ese derecho se interpreta como delito?
El dilema de la igualdad formal
Marchena subrayó que en una sociedad basada en la igualdad, todos los ciudadanos son jurídicamente iguales y, por tanto, libres. La única forma de relación entre individuos libres es el acuerdo voluntario, el pacto, el contrato. Nada que ver con la imposición de una sentencia penal.
Esta reflexión adquiere peso cuando se contempla la sentencia contra David Sánchez desde una perspectiva crítica: si carecía de pruebas concretas de tráfico de influencias, ¿en qué se basó realmente la condena? ¿Fue el apellido lo que pesó en la balanza?
Una pregunta que incomoda
El análisis publicado plantea una cuestión que inquieta a juristas y ciudadanos: ¿hubiera sido procesado y condenado David Sánchez si no fuera hermano del presidente?
No es un juego retórico. Es el corazón de la crisis de confianza en la justicia que el propio Marchena reconoce como "tragedia". Cuando los ciudadanos perciben que el sistema no aplica criterios uniformes, que la familia o el contexto político pesan más que las pruebas, la igualdad se convierte en ficción jurídica.
Por ahora, la sentencia sigue en pie y David Sánchez permanece inhabilitado. Pero el debate sobre si se condenó un derecho en lugar de un delito apenas acaba de comenzar.
Fuente: eldiario.es


